martes, marzo 24, 2009

Nuevo reglamento del Seguro Obligatorio de Vehículos

Es posible que nadie se lea estas cosas, pero habría que echar un vistacillo a las clausulas de la ley.

1º El Guardia Civil de turno SIEMPRE tiene que cursar la denuncia

2º “Cuando sea posible” se consultará el fichero de vehículos asegurados, en caso de que esté el vehículo la denuncia queda resuelta. Que no te pare un Guardia Civil que le acaban de hacer el cargo de la Visa, la emisora estará seguramente en la cuneta.

3º “Cuando NO sea posible”, no es que no te pueda denunciar, es que DEBE hacerlo (SIEMPRE, en todos los casos).

Por cierto, el vehículo puede estar retenido hasta 5 días, así que mejor que no te pille un Guardia Civil que le acaban de cargar la Visa y a los chavales de IT en medio de una migración del aplicativo.

P.D.: estamos en crisis, pero creo que no mandar el justificante del seguro no va a sacar a ALD de ella, y llevar la documentación encima siempre te saca de un problema (o por lo menos no lo hace peor)

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